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Artículo 74 Ter de la LEY de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para usar la Plataforma, las dependencias y empresas mexicanas deben entrar con su Firma Electrónica Avanzada (como una contraseña súper segura que ya usas con el SAT). Pero si eres una empresa extranjera, la misma Plataforma te va a crear un medio de identificación especial. Todo esto se hace según las reglas que ponga la Secretaría encargada.

Texto oficial

Artículo 74 Ter. El acceso a la Plataforma por parte de las dependencias, entidades, licitantes, cotizantes y contratistas nacionales se realizará a través de la Firma Electrónica Avanzada, en términos de los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría. Tratándose de contratistas extranjeros, el medio de identificación electrónica se generará por la propia Plataforma. Artículo adicionado DOF 16-04-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.