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Ley
LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Hacienda ya va a decidir cómo emitir y manejar los certificados de la serie "B". Esto incluye las reglas sobre quién los puede tener y cómo circularán.

Texto oficial

Artículo 12.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B". CAPITULO CUARTO Administración y vigilancia

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal (pág. 4) ↗

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