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Ley
LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal
Artículo
7

Artículo 7 de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que una Sociedad (como un banco o empresa) puede manejar un fideicomiso donde ella misma sea tanto el administrador del dinero (fiduciario) como el que recibe los beneficios (fideicomisario). También puede hacer negocios consigo misma al cumplir con esos fideicomisos, siempre y cuando no haya un conflicto de intereses, o sea, que no se beneficie injustamente a costa de alguien más. En pocas palabras, la empresa puede tener varios roles en el mismo acuerdo si todo es transparente.

Texto oficial

Artículo 7o.- En los contratos de fideicomiso que celebre la Sociedad, ésta podrá actuar en el mismo negocio como fiduciario y como fideicomisario. Asimismo, podrá realizar operaciones con la propia Sociedad en el cumplimiento de fideicomisos, mandatos o comisiones, cuando no impliquen un conflicto de intereses.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de Sociedad Hipotecaria Federal (pág. 3) ↗

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