- Ley
- LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
- Artículo
- 12
Artículo 12 de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las juntas normales de los jueces o magistrados (llamadas "plenos") se hacen solo en las fechas que marca el artículo 8 de esta ley, pero cada grupo decide en qué días y a qué horas se reúne. Aparte, si algún miembro del grupo lo pide, pueden tener una junta urgente (una "sesión extraordinaria"). Para eso, el interesado debe avisarle al presidente del Tribunal, que es quien se encarga de hacer la invitación oficial para la reunión.
Texto oficial
Artículo 12. Las sesiones ordinarias de los plenos se celebrarán dentro de los períodos a que alude el artículo 8 de esta Ley, en los días y horas que fijen cada uno. También podrán sesionar de manera extraordinaria a solicitud de cualquiera de sus integrantes, la que deberá ser presentada al Presidente del Tribunal a fin de que emita la convocatoria correspondiente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.