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Ley
LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las dos Secciones de la Sala Superior de este Tribunal toman una decisión, lo hacen por acuerdo de todos o de la mayoría. Los jueces (Magistrados) solo pueden negarse a votar si tienen una razón legal para hacerlo, como un conflicto de intereses. Si hay empate, el asunto se pasa a la siguiente junta, donde se llama a los jueces que sí puedan votar. Si en esa segunda junta tampoco hay mayoría, se descarta el proyecto actual y se hace uno nuevo con base en lo que ya se discutió. Si aún así el empate sigue, el Presidente del Tribunal tiene el voto decisivo (voto de calidad). Además, cualquier juez que no esté de acuerdo con la mayoría puede presentar un voto particular, que se agrega al final de la sentencia si lo entrega dentro de los cinco días siguientes a la junta. Para que una sesión de las Secciones sea válida, deben estar presentes al menos cuatro jueces, y el Presidente de la Sección dirige el debate.

Texto oficial

Artículo 19. Las resoluciones de la Primera y Segunda Sección de la Sala Superior de este Tribunal, se tomarán por unanimidad o mayoría de votos. Los Magistrados sólo podrán abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal. En caso de empate, el asunto se resolverá en la siguiente sesión, para la que se convocará a los Magistrados que no estuvieren legalmente impedidos; si en esta sesión tampoco se obtuviere mayoría, se retirará el proyecto y se formulará nuevo proyecto tomando en cuenta los pronunciamientos vertidos. Si con ese proyecto persistiera el empate, el Presidente del Tribunal tendrá voto de calidad. Siempre que un Magistrado disintiere de la mayoría podrá formular voto particular, el cual se insertará o engrosará al final de la sentencia respectiva si fuere presentado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la sesión. Para la validez de las sesiones de la Secciones Primera y Segunda se requerirá la presencia de cuatro Magistrados y los debates serán dirigidos por el Presidente de la Sección. Capítulo VII De las atribuciones de la Sección Tercera de la Sala Superior LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-10-2025 12 de 40

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (pág. 11) ↗

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