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Ley
LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Rector de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro, necesitas cumplir con varios requisitos. Debes ser mexicano de nacimiento y tener todos tus derechos como ciudadano. También tienes que ser mayor de 30 años. Además, debes ser profesor o investigador con plaza de tiempo completo y sin fecha de término, haber trabajado en la universidad por lo menos cinco años y no haber dejado de trabajar ahí durante los últimos tres años antes de la elección. No debes tener ninguna falta que, según el reglamento interno, te impida ser Consejero Universitario. Por último, tienes que cumplir con cualquier otro requisito que ponga el Estatuto de la universidad.

Texto oficial

ARTÍCULO 18. Para ser Rector se requiere: LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 26-04-2006 6 de 8 I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno goce de sus derechos; II. Ser mayor de 30 años; III. Ser electo en los términos que marque este ordenamiento, el Estatuto y los reglamentos respectivos; IV. Ser profesor-investigador de tiempo completo e indeterminado, con antigüedad laboral mínima de cinco años y haber trabajado ininterrumpidamente en la Universidad en los últimos tres años inmediatos anteriores a la elección; V. No estar comprendido en alguna de las causas de inhabilitación o incapacidad que se establecen en el Estatuto para ser Consejero Universitario; y VI. Los demás requisitos que señalen el Estatuto y sus reglamentos.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (pág. 5) ↗

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