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Artículo 21 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Patronato es un grupo de personas encargadas de tomar decisiones importantes. Está formado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres vocales. Todos los miembros deben ser mexicanos y tener una buena reputación (reconocida solvencia moral, que significa que son personas honradas y de confianza). Su cargo dura ocho años y pueden ser reelegidos (volver a ocupar el puesto al terminar ese tiempo). Además, el puesto es honorario, es decir, no reciben dinero ni pago por su trabajo en el Patronato.

Texto oficial

ARTÍCULO 21. El Patronato estará integrado por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y tres vocales. Los miembros del Patronato serán mexicanos y de reconocida solvencia moral. Durarán en su cargo ocho años y podrán ser reelectos. El cargo de miembro del Patronato será honorario.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.