Artículo 22 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Patronato es como el consejo que cuida el dinero de la Universidad. Su trabajo es conseguir los fondos que hagan falta para que la Universidad funcione bien. También tiene que crear planes para obtener más recursos y dar su autorización cuando la Universidad quiera comprar terrenos, edificios o equipos. Además, debe hacer crecer el dinero y los bienes que ya tiene la Universidad. Por último, tiene otras tareas que le encarguen las leyes y los reglamentos internos de la Universidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 22. Corresponde al Patronato: I. Procurar los ingresos necesarios para el financiamiento de la Universidad; II. Organizar planes para arbitrar fondos a la Universidad; III. Autorizar la adquisición de los bienes que se requieran para las actividades de la Universidad; y IV. Acrecentar el patrimonio de la Universidad. Ejercer las demás atribuciones que le confieran este ordenamiento y las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad. Capítulo IX Disposiciones Generales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.