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Ley
LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que te tomen en cuenta como trabajador académico, tienes que pasar por los procesos de selección que marca el reglamento de la institución, como exámenes o entrevistas. Si no cumples con esos pasos, legalmente no se considera que tengas una relación de trabajo con ellos. En pocas palabras, no es automático: necesitas seguir las reglas internas para ser reconocido como empleado.

Texto oficial

ARTÍCULO 24. Para que un trabajador académico sea considerado sujeto de una relación laboral, deberá someterse a los procedimientos de selección que determine el Estatuto y reglamentos y disposiciones legales.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.