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Artículo 25 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los sindicatos de los maestros, empleados administrativos y alumnos de la universidad no dependen del rector ni de los directivos. Ellos pueden organizarse como mejor les parezca, sin que las autoridades universitarias los controlen o les digan cómo hacerlo. Básicamente, tienen libertad para juntarse y ponerse de acuerdo entre ellos mismos.

Texto oficial

ARTÍCULO 25. Los sindicatos o asociaciones de personal académico, personal administrativo y alumnos serán independientes de los órganos de gobierno de la Universidad y se organizarán en la forma en que los propios interesados determinen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.