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Artículo 71 de la LEY de Protección al Ahorro Bancario

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Instituto maneja su dinero como un negocio que empieza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Cada año, antes de que termine marzo, tiene que publicar su estado de cuentas, que es como un resumen de todo lo que tiene y debe. Esa información la pone en el Diario Oficial de la Federación (el periódico del gobierno) y también en al menos dos periódicos grandes que mucha gente lea. Así cualquiera puede ver cómo está usando sus recursos.

Texto oficial

Artículo 71.- El ejercicio financiero del Instituto comenzará el 1o. de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año. El Instituto publicará su balance general anual en el Diario Oficial de la Federación y en cuando menos dos diarios de amplia circulación, en el mes de marzo de cada año.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.