Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 10 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Imagina que un avión o helicóptero vuela "clandestino" si hace algo para esconderse de las autoridades. Por ejemplo, si despega sin un plan de vuelo (como una ruta ya autorizada) y además evade o desobedece a los controladores aéreos para que no lo detecten. También se considera clandestino si, cuando lo intentan interceptar o seguir, desobedece las instrucciones de otro avión oficial o de los servicios de control aéreo. Otro caso es si oculta sus marcas (como las placas del avión), las altera o las pone falsas, o si aterriza en un lugar diferente al de su ruta sin avisar a la autoridad por qué lo hizo. Finalmente, también es clandestino si el avión está en tierra o en el mar en un sitio que no sea un aeropuerto o helipuerto.

Texto oficial

Artículo 10. Se considera vuelo clandestino, cuando la tripulación de una aeronave realiza alguna de las siguientes conductas: I. No cuente con un plan de vuelo autorizado antes del despegue o aprobado durante el vuelo, para evitar ser detectado, eluda o desobedezca a la autoridad, y II. Cuando incurra durante el protocolo de Interceptación aérea o el Seguimiento, en lo siguiente: a) Desacato de las instrucciones de la Aeronave interceptora, del Centro o de los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano; b) No exhiba de manera visible o no sea posible visualizar por medios electro-ópticos los distintivos de nacionalidad y matrícula de la aeronave; porte unos que no le correspondan, o que éstos sean sobrepuestos o alterados; c) Aterrice en un lugar distinto al establecido en el plan de vuelo, sin dar aviso oportuno a la autoridad competente de las razones que tuvo para ello, y d) Se localice la aeronave en cualquier superficie terrestre o marítima, diferente a un aeródromo o helipuerto. Capítulo III Del Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.