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Ley
LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano
Artículo
10

Artículo 10 de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagina que un avión o helicóptero vuela "clandestino" si hace algo para esconderse de las autoridades. Por ejemplo, si despega sin un plan de vuelo (como una ruta ya autorizada) y además evade o desobedece a los controladores aéreos para que no lo detecten. También se considera clandestino si, cuando lo intentan interceptar o seguir, desobedece las instrucciones de otro avión oficial o de los servicios de control aéreo. Otro caso es si oculta sus marcas (como las placas del avión), las altera o las pone falsas, o si aterriza en un lugar diferente al de su ruta sin avisar a la autoridad por qué lo hizo. Finalmente, también es clandestino si el avión está en tierra o en el mar en un sitio que no sea un aeropuerto o helipuerto.

Texto oficial

Artículo 10. Se considera vuelo clandestino, cuando la tripulación de una aeronave realiza alguna de las siguientes conductas: I. No cuente con un plan de vuelo autorizado antes del despegue o aprobado durante el vuelo, para evitar ser detectado, eluda o desobedezca a la autoridad, y II. Cuando incurra durante el protocolo de Interceptación aérea o el Seguimiento, en lo siguiente: a) Desacato de las instrucciones de la Aeronave interceptora, del Centro o de los Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano; b) No exhiba de manera visible o no sea posible visualizar por medios electro-ópticos los distintivos de nacionalidad y matrícula de la aeronave; porte unos que no le correspondan, o que éstos sean sobrepuestos o alterados; c) Aterrice en un lugar distinto al establecido en el plan de vuelo, sin dar aviso oportuno a la autoridad competente de las razones que tuvo para ello, y d) Se localice la aeronave en cualquier superficie terrestre o marítima, diferente a un aeródromo o helipuerto. Capítulo III Del Sistema de Vigilancia y Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Ver texto oficial de la LEY de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (pág. 4) ↗

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