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Artículo 107 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada año se entrega un premio que incluye un diploma, una medalla y dinero. Si el premio es para una comunidad, solo recibe diploma y dinero, sin medalla. Este reconocimiento se da en seis áreas distintas: desarrollo comunitario, medicina tradicional, música, danza tradicional, literatura indígena y equidad de género.

Texto oficial

Artículo 107.- Este Premio se otorgará anualmente y consistirá en diploma, medalla y numerario; en el caso de las comunidades que se hagan acreedoras al reconocimiento, éste se integrará por diploma y numerario. El Premio Nacional de Trabajo y Cultura Indígena se otorgará en los siguientes campos: I.- Desarrollo Comunitario; II.- Medicina Tradicional; III.- Música; IV.- Danza Tradicional; V.- Literatura Indígena, y VI.- Equidad de Género. Artículo adicionado DOF 07-03-2003. Reformado DOF 15-06-2004

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

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