Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los miembros del jurado tienen prohibido platicar con otras personas sobre los casos que ven en su trabajo. Esto significa que no deben contar a nadie, ni siquiera a su familia o amigos, lo que se discute o decide. Es como una regla de secreto profesional para que la información del juicio no se salga del juzgado. Si no cumplen, pueden meterse en problemas legales.

Texto oficial

Artículo 22.- Los miembros de los Jurados están obligados a guardar reserva sobre los asuntos de que conozcan en el ejercicio de sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.