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Artículo 24 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Consejos (que son como las juntas directivas de ciertas instituciones) deciden cómo y cuándo se hacen las invitaciones públicas, llamadas convocatorias, para participar en procesos que marca esta Ley. Básicamente, ellos son los que ponen las reglas del juego y los tiempos para que tú puedas enterarte y participar. Esto aplica solo en los casos específicos que la Ley ya tiene señalados.

Texto oficial

Artículo 24.- Los Consejos determinarán la forma y términos de las Convocatorias que deban expedirse, en los casos previstos por esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.