Artículo 47 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 47 dice que los premios incluyen una medalla (llamada "venera"), un reconocimiento especial ("mención honorífica") y además un pago en efectivo de 100 mil pesos. Hasta tres personas pueden ganar el premio en la misma categoría; si hay más de un ganador, el dinero se reparte, y cada uno recibe 50 mil pesos. Si resultan más de tres ganadores, los que sobren de ese número tendrán que esperar hasta el año siguiente para recibir su premio.
Texto oficial
Artículo 47.- Los premios consistirán en venera y mención honorífica y se acompañarán de una entrega en numerario por 100 mil pesos. Podrán concurrir hasta tres personas para el premio del mismo campo, y cuando haya concurrencia, la entrega en numerario será por 50 mil pesos para cada concurrente. Si llegare a haber más de tres concurrentes, los excedentes de este número serán premiados hasta el siguiente año.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.