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Artículo 72 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Premio Nacional de la Juventud se les da a jóvenes de 12 a 29 años que, por cómo se portan, su dedicación al trabajo o al estudio, inspiren y sean un ejemplo para otros, ya sea para superarse o para mejorar su comunidad. Se entrega en dos grupos de edad: de 12 a 17 años, y de 18 a 29. Dentro de cada grupo, hay diez categorías como logros académicos, arte, compromiso social, protección del ambiente, derechos humanos, ciencia y tecnología, entre otras.

Texto oficial

Artículo 72.- El Premio Nacional de la Juventud será entregado a jóvenes cuya edad quede comprendida entre los 12 y 29 años, y su conducta o dedicación al trabajo o al estudio cause entusiasmo y admiración entre sus contemporáneos y pueda considerarse ejemplo estimulante para crear y desarrollar motivos de superación personal o de progreso de la comunidad. El Premio Nacional de la Juventud se otorgará en dos categorías de edad: A) De 12 años hasta menos de 18 años. B) De 18 años hasta 29 años. LEY DE PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 15 de 54 En ambas categorías, se concederá en las siguientes distinciones: I.- Logro académico; II.- Expresiones artísticas y artes populares; III.- Compromiso social; IV.- Fortalecimiento y promoción a la cultura y las lenguas indígenas nacionales; Fracción reformada DOF 29-03-2022 V.- Protección al ambiente; VI.- Ingenio emprendedor; VII.- Derechos humanos; VIII.- Discapacidad e integración; IX.- Aportación a la cultura política y a la democracia, y X.- Ciencia y tecnología. Artículo reformado DOF 07-03-2003 (renumerado, antes Artículo 77), 15-06-2004, 09-06-2009

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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