- Ley
- LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
- Artículo
- 91-A
Artículo 91-A de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Premio Nacional al Mérito Forestal se entrega a personas o empresas (como cooperativas o asociaciones) que hayan hecho acciones para cuidar los bosques, como conservarlos, protegerlos, restaurarlos o usarlos de manera responsable y que eso beneficie a la sociedad. Es un reconocimiento a quienes trabajan por el medio ambiente en México, sin importar si son del sector privado o social. Si tú o tu grupo han hecho algo así, pueden ser candidatos a recibir este premio.
Texto oficial
Artículo 91-A.- El Premio Nacional al Mérito Forestal será entregado a las personas físicas y morales de los sectores privado y social que realicen o hayan realizado acciones en el país a favor de la conservación, protección, restauración y uso sustentable de los recursos forestales, que representen beneficios a la sociedad. Artículo adicionado DOF 25-02-2003
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