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Artículo 3 de la LEY de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La ley dice que la Policía Federal, al hacer su trabajo de prevenir y combatir delitos, debe seguir estos principios: actuar siempre dentro de la ley (legalidad), ser imparcial (objetividad), hacer bien su chamba (eficiencia), tener preparación y capacidad (profesionalismo), ser honesta (honradez), y sobre todo respetar tus derechos y garantías que están en la Constitución mexicana.

Texto oficial

Artículo 3. Serán principios rectores en el ejercicio de las funciones y acciones que en materia de prevención y combate de los delitos le competen a la Policía Federal, los de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y el respeto a las garantías individuales y a los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. LEY DE LA POLICÍA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 2 de 33

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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