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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LPF/49
Ley
LEY de la Policía Federal
Artículo
49

Artículo 49 de la LEY de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades que hagan intervenciones, como cateos o revisiones, tienen que actuar con apego a la ley y solo cuando sea necesario. Deben ser justas, rápidas, sin favoritismos, honestas y respetar tus derechos humanos. También deben ser profesionales en su trabajo y tratar a las personas sin abusos. Todo lo que hagan tiene que estar basado en lo que dice la Constitución. Así que si una autoridad no cumple con eso, está actuando mal.

Texto oficial

Artículo 49. Las autoridades responsables de efectuar las intervenciones a que se refiere la fracción XXIX del artículo 8 de esta Ley deberán regirse por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, imparcialidad, honradez y respeto a las garantías individuales y los derechos humanos reconocidos en la Constitución.

Ver texto oficial de la LEY de la Policía Federal (pág. 21) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.