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Artículo 54 de la LEY para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 54 fue eliminado de la ley, es decir, ya no existe legalmente. Esto pasó el 6 de noviembre de 2020, cuando se publicó el cambio en el Diario Oficial de la Federación. Lo que antes trataba este artículo ya no tiene validez. El capítulo donde estaba, que habla de las "inconformidades" (quejas o desacuerdos formales), sigue ahí, pero ese artículo en particular ya no se aplica.

Texto oficial

Artículo 54.- Se deroga. Artículo derogado DOF 06-11-2020 Capítulo XI Inconformidades

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.