Artículo 10 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los plazos o tiempos límite que mencionan los artículos anteriores no aplican para las autoridades cuando están haciendo su trabajo de supervisión, inspección o vigilancia. Esto quiere decir que, por ejemplo, si una institución financiera tiene derecho a un plazo para responder o hacer algo, ese plazo no le corre a la autoridad cuando está revisando o vigilando que todo esté en orden. En pocas palabras, las autoridades no tienen las mismas restricciones de tiempo cuando están cumpliendo con su labor de revisión.
Texto oficial
Artículo 10.- Los plazos a que se refieren los artículos anteriores no les serán aplicables a las autoridades en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión, inspección y vigilancia. TÍTULO SEGUNDO De la organización de las Sociedades Controladoras y la constitución y funcionamiento de Grupos Financieros LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 6 de 95 CAPÍTULO I De la organización
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