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Artículo 192 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Comité de Educación Financiera tiene dos personas clave: un Secretario Ejecutivo (que es el jefe de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro) y un Secretario Técnico (que es alguien de la CONDUSEF, la oficina que defiende a los usuarios de bancos y financieras). Ambos secretarios hacen el trabajo que el Comité les asigne según sus propias reglas de operación. En otras palabras, son los encargados de ejecutar las tareas que el Comité decida.

Texto oficial

Artículo 192.- El Comité de Educación Financiera contará con un Secretario Ejecutivo que será el Titular de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, así como con un Secretario Técnico que será un representante de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. Al Secretario Ejecutivo y al Secretario Técnico les corresponderá el ejercicio de las atribuciones que el Comité establezca en sus reglas de operación. CAPÍTULO V Del intercambio de información

Ver ley oficial en el DOF (pág. 90) ↗

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