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Artículo 31 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien va a una junta de accionistas en representación de otra persona, debe llevar un poder especial. Este poder tiene que llenarse en los formatos oficiales que da la propia empresa controladora. El formato debe incluir el nombre completo de la empresa y los temas que se van a tratar en la junta. También debe tener un espacio donde la persona que da el poder pueda escribir instrucciones claras sobre cómo quiere que voten o decidan por ella. Además, los formatos deben estar numerados y firmados por el secretario de la empresa antes de entregarlos a los accionistas.

Texto oficial

Artículo 31.- Las personas que acudan en representación de los accionistas a las asambleas de la Sociedad Controladora acreditarán su personalidad mediante poder otorgado en formularios elaborados por la propia Sociedad Controladora, que reúnan los requisitos siguientes: I. Señalar de manera notoria la denominación de la Sociedad Controladora, así como la respectiva orden del día; II. Contener espacio para las instrucciones que señale el otorgante para el ejercicio del poder, y LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 16 de 95 III. Estar foliados y firmados por el secretario o prosecretario del consejo de administración de la Sociedad Controladora, con anterioridad a su entrega a los accionistas. La Controladora deberá mantener a disposición de los representantes de los accionistas, durante el plazo a que se refiere el artículo 173 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los formularios de los poderes, a fin de que aquellos puedan hacerlos llegar con oportunidad a sus representados. Los escrutadores estarán obligados a cerciorarse de la observancia de lo dispuesto en este artículo e informar sobre ello a la asamblea, lo que se hará constar en el acta respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.