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Artículo 30 de la LEY para Regular las Agrupaciones Financieras

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las Sociedades Controladoras, que son empresas que tienen el control de otras, pueden emitir obligaciones subordinadas, un tipo de deuda que se paga hasta el final si la empresa quiebra. Para hacerlo, deben seguir las reglas del artículo 64 de la Ley de Instituciones de Crédito y lo que dice esta ley. Esto significa que no pueden hacerlo a lo loco, sino cumpliendo ciertos requisitos legales. Las obligaciones subordinadas son como un préstamo que la empresa pide, pero si tiene problemas, los que prestaron el dinero cobran hasta después que otros acreedores.

Texto oficial

Artículo 30.- Las Sociedades Controladoras podrán emitir obligaciones subordinadas sujetándose a lo dispuesto en esta Ley y en el artículo 64 de la Ley de Instituciones de Crédito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.