Artículo 51 de la LEY de Recompensas de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que te den la Condecoración de Perseverancia Excepcional, se van a fijar en el tiempo que hayas trabajado. Ese tiempo se cuenta según lo que dice otra Ley especial, que es la que maneja cómo se revisa, ajusta y calcula el tiempo de servicio en la Armada de México. Es decir, no es que ellos saquen la cuenta al aventón; siguen las reglas de esa otra ley para ver si ya cumpliste los años necesarios. Así que, básicamente, tu tiempo de servicio se mide con base en una norma específica.
Texto oficial
ARTICULO 51.- El tiempo de servicios para otorgar la Condecoración de Perseverancia Excepcional se determinará de acuerdo a lo establecido en la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.