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Ley
LEY de Recompensas de la Armada de México
Artículo
68

Artículo 68 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres marinero o clase en la Armada de México y te portas bien, por cada tres años seguidos de servicio sin interrupción te van a dar el derecho de usar un ángulo dorado en tu uniforme. Ese distintivo solo lo puedes usar mientras sigas siendo clase o marinero, no si te ascienden. Pero todavía puedes llevar otras medallas por tu constancia, si te las ganaste. Todo esto está explicado en el Reglamento de Uniformes de la Armada.

Texto oficial

ARTICULO 68.- Al personal de clases y marinería, que haya observado buena conducta, se le concederá como distintivo de constancia por cada tres años de servicios ininterrumpidos, el uso de un ángulo dorado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de Uniformes, Divisas y Distintivos para la Armada de México. Este distintivo sólo se portará mientras el interesado conserve su categoría de clase o marinero, sin perjuicio de portar las condecoraciones de perseverancia que le pudieren corresponder. TITULO QUINTO De las Citaciones CAPITULO UNICO

Ver texto oficial de la LEY de Recompensas de la Armada de México (pág. 14) ↗

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