- Ley
- LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación
- Artículo
- 9
Artículo 9 de la LEY Reglamentaria del Artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mejora Continua de la Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 9 dice quiénes forman parte de un Comité (un grupo de personas que toman decisiones sobre educación). Este grupo lo encabeza el Secretario de Educación Pública, y también lo integran otros jefes de áreas de la Secretaría, representantes del Congreso, escuelas que forman maestros, y miembros de consejos ciudadanos. Además, el presidente del Comité debe invitar siempre a las sesiones a personas de Hacienda, de la Función Pública y del Instituto de las Mujeres, aunque ellos solo pueden opinar, pero no votar. También puede invitar a otros expertos o maestros que ayuden a mejorar el sistema educativo.
Texto oficial
Artículo 9. El Comité estará integrado por: I. La persona titular de la Secretaría de Educación Pública, quien lo presidirá; II. La Junta, cuya persona que la presida coordinará las actividades del Sistema; III. Las personas titulares de las subsecretarías que formen parte de la Secretaría; IV. La persona titular de la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros; V. Las Presidencias de las Comisiones de Educación del H. Congreso de la Unión; VI. Un representante de las instituciones de formación inicial docente; VII. Un representante del Consejo Técnico, diferente a la persona que presida la Junta, y VIII. Un representante del Consejo Ciudadano. La presidencia del Comité, invitará de manera permanente a representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de la Secretaría de la Función Pública y del Instituto Nacional de las Mujeres a las sesiones, de igual forma podrá invitar a representantes de instituciones públicas, de organismos públicos autónomos, así como a docentes, especialistas, y demás actores sociales involucrados en el proceso educativo que puedan contribuir al logro de los fines del Sistema, que asistirán con voz, pero sin voto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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