Artículo 23 de la LEY de Responsabilidad Civil por Daños Nucleares
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los organismos del gobierno (como secretarías, dependencias o empresas públicas) no tienen la obligación de contratar seguros ni de dar garantías económicas para cubrir los daños que causen. Esto significa que, si una oficina del gobierno te afecta con algún daño, no tienes que pedirle que presente un seguro o una fianza para responderte, porque la ley los exenta de hacerlo. En pocas palabras, las entidades públicas no están forzadas a tener esos respaldos financieros, aunque igual deben reparar el daño si son responsables.
Texto oficial
ARTICULO 23.- Los organismos o entidades públicos se encuentran exentos de otorgar seguros y garantías financieras, para garantizar los daños a que se refiere esta ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.