Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la LEY Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las relaciones de trabajo terminan de manera legal por cinco razones. La primera es que tú, como trabajador, decidas renunciar y entregues tu renuncia por escrito. La segunda, cuando tu contrato era por un tiempo específico o para hacer una obra y ese plazo o trabajo se acaba. La tercera, si te pensionas por jubilación o por algún tipo de invalidez o incapacidad permanente total. La cuarta, si sufres una incapacidad física o mental, o eres claramente inhábil, que te impida completamente hacer tu trabajo. La quinta, si llegas a fallecer.

Texto oficial

ARTICULO 22.- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo: I.- La renuncia del trabajador presentada por escrito; II.- La terminación del tiempo o de la obra, en los casos en que el trabajador haya sido nombrado por tiempo u obra determinados; III.- Que el trabajador adquiera la calidad de pensionado por jubilación, por invalidez o por incapacidad permanente total; IV.- La incapacidad física o mental o la inhabilidad manifiesta del trabajador que haga imposible la prestación del trabajo, y V.- La muerte del trabajador. CAPITULO QUINTO De la Federación Nacional de Sindicatos Bancarios

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.