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Artículo 122 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien usa o comparte tus datos financieros o información privada (como tu dinero, transacciones o datos personales) para cualquier cosa que no sea hacer la operación que pediste, sin que tú le hayas dado permiso por escrito de forma clara, esa persona va a la cárcel de 2 a 6 años y además le cobran una multa de entre 1,000 y 50,000 UMA (la UMA es una unidad que se usa para calcular multas; 1 UMA vale como 108 pesos en 2024).

Texto oficial

Artículo 122.- Serán sancionados con prisión de dos a seis años y multa de 1,000 a 50,000 UMA, a quienes utilicen o divulguen la información financiera o confidencial de los Clientes para cualquier fin distinto al de la realización de las Operaciones, sin contar con autorización previa y expresa del Cliente. Sección Tercera Delitos contra la adecuada operación de las ITF, o de las Empresas Autorizadas para operar con Modelos Novedosos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 62) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.