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Artículo 125 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si le mientes al Banco de México o a la autoridad financiera para que te den permiso de operar como Institución de Tecnología Financiera (ITF), o para manejar modelos novedosos o criptomonedas, te pueden meter a la cárcel de 7 a 15 años. Además, te van a cobrar una multa que va desde 5,000 hasta 150,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), que es una referencia que se usa para calcular multas en México. En otras palabras, si das información falsa en tus trámites para obtener un permiso financiero, te llevas un castigo bien pesado, tanto de tiempo en prisión como de dinero.

Texto oficial

Artículo 125.- Será sancionado con pena de prisión de siete a quince años y multa de 5,000 a 150,000 UMA quien para obtener la autorización para operar como ITF o con Modelos Novedosos o con activos virtuales, proporcione información falsa a la autoridad financiera que corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 62) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.