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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LRITF/126
Ley
LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo
126

Artículo 126 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si le mientes a las autoridades financieras (como el SAT o la Condusef) cuando te pidan datos sobre tus cuentas, dinero, bienes o situación legal, te pueden meter a la cárcel de 2 a 10 años. Además, te pondrán una multa que va desde 5,000 hasta 150,000 UMA (cada UMA vale como 108 pesos en 2024, así que serían entre 540,000 y más de 16 millones de pesos). Esto aplica solo cuando la información falsa la piden con base en esta ley. En pocas palabras: no te hagas wey con los papeles que te exigen, porque el castigo es bien pesado.

Texto oficial

Artículo 126.- Serán sancionados con prisión de dos a diez años y multa de 5,000 a 150,000 UMA a quien proporcione a las Autoridades Financieras que correspondan, información falsa respecto de su situación contable, financiera, económica y jurídica, que le sea requerida en términos de esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (pág. 62) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.