Artículo 128 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si destruyes o modificas los libros de cuentas o los papeles importantes (como facturas o recibos) de una institución financiera o una empresa autorizada para usar Modelos Novedosos, antes de que se cumpla el tiempo que la ley dice que deben guardarse, te pueden aplicar de 2 a 10 años de cárcel y una multa de entre 5,000 y 150,000 UMA (cada UMA vale aproximadamente 103.74 pesos en 2024). Esto aplica aunque solo cambies una parte de esos registros o documentos.
Texto oficial
Artículo 128.- Serán sancionados con prisión de dos a diez años y multa de 5,000 a 150,000 UMA a quien destruya, modifique total o parcialmente, los sistemas o registros contables o la documentación que dé origen a los asientos contables de una ITF o sociedad autorizada para operar con Modelos Novedosos, con anterioridad al vencimiento de los plazos legales de conservación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.