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Artículo 132 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien entra sin permiso a los sistemas o equipos electrónicos de las instituciones financieras o sociedades autorizadas para usar Modelos Novedosos, y no tiene una razón legal justa ni el consentimiento de la persona encargada, le puede caer una condena de 3 a 9 años de cárcel y una multa de 5,000 a 150,000 UMA (esto es, entre unos 500 mil y 15 millones de pesos mexicanos, según el valor actual de la UMA). Esta sanción aplica sin importar si usó computadoras, equipos ópticos, dispositivos informáticos o cualquier otra tecnología. En pocas palabras, meterse a los sistemas de estas empresas sin autorización es un delito grave.

Texto oficial

Artículo 132.- Se sancionará con prisión de tres a nueve años y multa de 5,000 a 150,000 UMA, al que sin causa legítima o sin consentimiento de quien esté facultado para ello, acceda a los equipos o medios electrónicos, ópticos, informáticos o de cualquier otra tecnología de las ITF o sociedades autorizadas para operar con Modelos Novedosos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 63) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.