Artículo 51 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las ITF (que son instituciones de tecnología financiera, como las fintechs) tienen que asegurarse de que la empresa que les haga la auditoría externa cumpla con todos los requisitos que ya se mencionaron antes en la ley. También deben verificar que el contador o auditor que firme los reportes y el dictamen (que es el documento oficial con los resultados de la revisión) cumpla con lo mismo. Esto aplica tanto para los estados financieros como para cualquier otro elemento que auditen o evalúen.
Texto oficial
Artículo 51.- Las ITF deberán observar el cumplimiento a lo señalado en los artículos anteriores respecto a los requisitos que debe cumplir la persona moral que les proporcione los servicios de auditoría externa, así como el auditor externo que suscriba el dictamen y otros informes correspondientes a los estados financieros o elementos que auditen o evalúen, según sea el caso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.