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Artículo 66 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando una Institución de Financiamiento Colectivo (ITF) se fusiona con otra y desaparece, pierde automáticamente su permiso para operar. No hace falta que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) tenga que decir expresamente que ya no puede trabajar. La fusión es suficiente para que su autorización se cancele por completo.

Texto oficial

Artículo 66.- La fusión de una ITF como fusionada dejará sin efectos la autorización otorgada a esta para organizarse y operar como tal, sin que para ello resulte necesaria la emisión de una declaratoria expresa por parte de la CNBV.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.