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Ley
LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
Artículo
66

Artículo 66 de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una Institución de Financiamiento Colectivo (ITF) se fusiona con otra y desaparece, pierde automáticamente su permiso para operar. No hace falta que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) tenga que decir expresamente que ya no puede trabajar. La fusión es suficiente para que su autorización se cancele por completo.

Texto oficial

Artículo 66.- La fusión de una ITF como fusionada dejará sin efectos la autorización otorgada a esta para organizarse y operar como tal, sin que para ello resulte necesaria la emisión de una declaratoria expresa por parte de la CNBV.

Ver texto oficial de la LEY para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera (pág. 33) ↗

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