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Artículo 31 Bis de la LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no existe, es decir, fue eliminado de la ley. Se había agregado en 2015 y luego se quitó en 2020. Como está derogado, no tienes que cumplir con ninguna obligación ni derecho que antes estuviera ahí. En pocas palabras, ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 31 Bis. Se deroga. Artículo adicionado DOF 26-01-2015. Derogado DOF 06-11-2020

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.