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Ley
LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario
Artículo
8

Artículo 8 de la LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las vías del tren que conectan todo el país le pertenecen al gobierno federal, no a empresas ni particulares. Si una empresa recibe permiso para construir una nueva vía, esa vía se vuelve propiedad del gobierno en el momento en que se termina de construir. No importa cuánto tiempo dure el permiso de la empresa ni las condiciones del mismo, las vías siempre serán del gobierno desde el primer día. Esto quiere decir que el gobierno es el dueño definitivo de todas las vías del tren.

Texto oficial

Artículo 8. Las vías generales de comunicación ferroviaria se mantendrán en todo momento dentro del dominio público de la Federación. Las Vías férreas que se construyan al amparo de una concesión o asignación pasarán a formar parte del dominio público inmediatamente, con independencia de las condiciones y plazo de la concesión o asignación. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial de la LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario (pág. 8) ↗

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