- Ley
- LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario
- Artículo
- 8
Artículo 8 de la LEY Reglamentaria del Servicio Ferroviario
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las vías del tren que conectan todo el país le pertenecen al gobierno federal, no a empresas ni particulares. Si una empresa recibe permiso para construir una nueva vía, esa vía se vuelve propiedad del gobierno en el momento en que se termina de construir. No importa cuánto tiempo dure el permiso de la empresa ni las condiciones del mismo, las vías siempre serán del gobierno desde el primer día. Esto quiere decir que el gobierno es el dueño definitivo de todas las vías del tren.
Texto oficial
Artículo 8. Las vías generales de comunicación ferroviaria se mantendrán en todo momento dentro del dominio público de la Federación. Las Vías férreas que se construyan al amparo de una concesión o asignación pasarán a formar parte del dominio público inmediatamente, con independencia de las condiciones y plazo de la concesión o asignación. Artículo reformado DOF 16-07-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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