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Artículo 11 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si una sociedad (como una empresa o negocio) quiere cambiar sus reglas internas (los estatutos), primero debe pedir permiso a la Secretaría de Hacienda. Una vez que la Secretaría lo apruebe, se debe anotar el cambio en el Registro Público de Comercio (que es como un libro oficial de empresas). Además, la sociedad debe avisar a la Secretaría, a la Comisión Nacional Bancaria y al Banco de México cuándo va a empezar a operar. Esto es para que las autoridades estén enteradas y todo sea legal.

Texto oficial

Artículo 11.- Cualquier modificación a los estatutos sociales de las Sociedades deberá ser sometida a la aprobación previa de la Secretaría, para su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Las Sociedades informarán a la Secretaría, a la Comisión, y al Banco de México la fecha en que iniciarán actividades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.