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Artículo 14 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las empresas tienen que avisarle a la Comisión si van a abrir, cambiar de lugar o cerrar cualquiera de sus oficinas. Ese aviso deben darlo al menos 30 días naturales antes de hacer el cambio. Los días naturales cuentan todos los días del calendario, incluidos fines de semana y festivos. Esta regla aplica para que la Comisión esté enterada y pueda hacer su trabajo de supervisión.

Texto oficial

Artículo 14.- Las Sociedades deberán dar aviso a la Comisión del establecimiento, cambio de ubicación o clausura de cualquiera de sus oficinas, por lo menos con treinta días naturales de anticipación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.