- Ley
- LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la LEY para Regular las Sociedades de Información Crediticia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas (Sociedades) tienen que usar su número de teléfono para resolver las dudas de sus clientes sobre sus solicitudes y los derechos que les da la ley. La Condusef debe publicar en su página de internet los datos de esas empresas, como su nombre y un enlace directo a su sitio web. Por su parte, las empresas tienen que poner en un lugar visible de su página web el enlace a la página de la Condusef. Los Usuarios (que son los que reportan información) deben avisar a los clientes por correo o teléfono, si tienen esos datos, cuando envíen información de ellos a una empresa que pueda incluirse en la base de datos principal. Además, los Usuarios están obligados a guardar el correo electrónico del cliente si este se los proporciona.
Texto oficial
artículo 42. Asimismo, a través de dicho número telefónico las Sociedades deberán atender las dudas de los Clientes en relación con dichas solicitudes y con los derechos que les confiere esta Ley y las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 12. Párrafo adicionado DOF 01-02-2008. Reformado DOF 10-01-2014 La Condusef en su página de la red mundial conocida como Internet, deberá incluir información sobre las Sociedades con su denominación, datos que la identifiquen y su vínculo por la aludida red. Por su parte, las Sociedades estarán obligadas a tener en lugar visible dentro de su página respectiva en dicha red, el vínculo a la página de la Condusef. Párrafo adicionado DOF 01-02-2008 Los Usuarios deberán informar a los Clientes a través de correo electrónico o teléfono, en caso de que cuenten con ellos, sobre cualquier información que reporten a una Sociedad que cuente con las características para ser integrada a la Base Primaria de Datos. Párrafo adicionado DOF 10-01-2014 Los Usuarios están obligados a registrar el correo electrónico de un Cliente en caso de que éste le sea proporcionado. Párrafo adicionado DOF 10-01-2014
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.