- Ley
- LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
- Artículo
- 32
Artículo 32 de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que manejan sociedades de inversión (administradoras) pueden encargarse de vender y recomprar las acciones de esas sociedades, como parte de su trabajo. Para cuidar y manejar las acciones de las sociedades que operan, deben guardar esos títulos en una institución especializada llamada *depósito de valores*, que es como un banco seguro para papeles de inversión. En pocas palabras: si tú tienes acciones, la administradora puede ayudarte a venderlas o comprarlas, pero siempre debe guardar los documentos en un lugar seguro y autorizado.
Texto oficial
Artículo 32.- Las administradoras en cumplimiento de sus funciones podrán prestar a las sociedades de inversión los servicios de distribución y recompra de sus acciones. Las administradoras para la guarda y administración de las acciones de las sociedades de inversión que operen, deben depositar dichos títulos en una institución para el depósito de valores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.