Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 44 Bis de la LEY de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si el dinero que se invirtió en tu Afore pierde valor por problemas raros y graves del mercado financiero, la administradora de tu Afore debe avisarle a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) al siguiente día hábil. Al recibir el aviso, la Consar puede tomar medidas rápidas para cambiar las reglas de inversión de tu Afore y organizar de nuevo la cartera (los valores donde está invertido tu dinero) que esté en riesgo. Esto se hace para que, a pesar de la crisis, se busque proteger el dinero de los trabajadores y evitar pérdidas grandes. Básicamente, es un plan de emergencia para cuidar tu ahorro cuando el mercado se pone muy complicado.

Texto oficial

Artículo 44 Bis.- Cuando habiendo cumplido el régimen de inversión autorizado se presenten minusvalías derivadas de situaciones extraordinarias del mercado, la administradora que opere la sociedad de inversión de que se trate lo notificará a la Comisión dentro de un plazo que no excederá de un día hábil. Recibida la comunicación de la administradora, la Junta de Gobierno de la Comisión tendrá facultades extraordinarias para ordenar de forma expedita la modificación en el régimen de inversión que había sido autorizado y la recomposición de la cartera que se encuentre en riesgo, a fin de garantizar las mejores condiciones para los trabajadores. LEY DE LOS SISTEMAS DE AHORRO PARA EL RETIRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 27 de 105 Artículo adicionado DOF 21-01-2009

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.