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Ley
LEY sobre la Celebración de Tratados
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY sobre la Celebración de Tratados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que México quede obligado por un tratado internacional, se necesita mostrar su voluntad de cumplirlo. Esto se hace a través de documentos oficiales, como un intercambio de notas diplomáticas, un canje o un depósito del instrumento de ratificación. Estos trámites solo se realizan después de que el Senado haya aprobado el tratado. En palabras simples, el gobierno federal no puede comprometerse con un tratado hasta que los senadores digan que sí.

Texto oficial

Artículo 5o.- La voluntad de los Estados Unidos Mexicanos para obligarse por un tratado se manifestará a través de intercambio de notas diplomáticas, canje o depósito del instrumento de ratificación, adhesión o aceptación, mediante las cuales se notifique la aprobación por el Senado el tratado en cuestión.

Ver texto oficial de la LEY sobre la Celebración de Tratados (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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