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Artículo 143 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 143 dice que, para obtener Certificados de Energías Limpias, se va a exigir que un porcentaje de la electricidad que consumen los centros de carga (como fábricas o edificios) provenga de fuentes limpias. Ese porcentaje se define según los planes oficiales de electricidad y lo que sea necesario para que el sistema eléctrico del país funcione sin fallas. Además, aclara que los certificados se le pueden dar a cualquier planta de energía limpia, sin importar quién sea su dueño ni cuándo empezó a operar. En pocas palabras, lo importante es que se genere energía limpia, no quién la produce o desde cuándo.

Texto oficial

Artículo 143.- Los requisitos para adquirir Certificados de Energías Limpias se deben establecer como una proporción del total de la Energía Eléctrica consumida en los Centros de Carga de acuerdo con la planeación vinculante y la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional. El otorgamiento de los Certificados de Energías Limpias a Centrales Eléctricas no depende ni de la propiedad, ni de la fecha de inicio de operación comercial de las mismas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.