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Ley
LEY del Sector Eléctrico
Artículo
148

Artículo 148 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es la dependencia del gobierno encargada de la energía) tiene la facultad de hacer reglas generales sobre los Certificados de Energías Limpias, la Transición Energética y la Descarbonización del sector eléctrico. Esto significa que ella define cómo se comprueba que se usa energía limpia, cómo se cambia a fuentes menos contaminantes y cómo se reduce el carbono en la electricidad. En términos sencillos, esta oficina decide las normas para que el país use energía más ecológica y contamine menos.

Texto oficial

Artículo 148.- Corresponde a la Secretaría la emisión de disposiciones de carácter general en materia de Certificados de Energías Limpias, Transición Energética y Descarbonización del sector eléctrico.

Ver texto oficial de la LEY del Sector Eléctrico (pág. 44) ↗

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