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Ley
LEY del Sector Eléctrico
Artículo
15

Artículo 15 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El CENACE es la autoridad que coordina cómo funciona la red eléctrica de todo el país. Las reglas que dé para mantener el equilibrio entre la luz que se genera y la que se consume son obligatorias para todas las empresas y organismos del sector eléctrico. Esto significa que nadie puede ignorarlas o hacer su propio plan si el CENACE dice otra cosa. Todos tienen que seguir al pie de la letra lo que ordene para que no haya fallas ni apagones.

Texto oficial

Artículo 15.- Las instrucciones que el CENACE emite en el ejercicio del Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional son obligatorias para todos los integrantes del sector eléctrico. TÍTULO TERCERO DE LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA Capítulo I Disposiciones generales

Ver texto oficial de la LEY del Sector Eléctrico (pág. 16) ↗

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