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Artículo 162 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que la Comisión Nacional de Energía (CNE) es la encargada de decidir cómo se van a cobrar las tarifas por mejorar y modernizar las redes de electricidad del país. Para hacerlo, tiene que tomar en cuenta cosas como las reglas del mercado, el desarrollo económico de México, los planes a largo plazo y que el sistema eléctrico sea confiable y accesible para todos. Además, la CNE le puede pedir al Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) que le diga qué empresas o personas se benefician de esos proyectos de mejora. Así, puede repartir los costos entre quienes más se benefician y el resto del sector eléctrico, todo de manera justa.

Texto oficial

Artículo 162.- Para la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y las Redes Generales de Distribución, la CNE debe determinar las metodologías tarifarias de acuerdo con las disposiciones que al efecto emita, observando las Reglas del Mercado, el desarrollo económico del país, la planeación de mediano y largo plazo, la Sostenibilidad, Accesibilidad y Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional. La CNE puede requerir al CENACE la identificación de los Participantes del Mercado que resulten beneficiados por los proyectos de ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión o de las Redes Generales de Distribución, a fin de establecer la regulación tarifaria que refleje la asignación de los costos proyectados entre dichos participantes y el resto del sector eléctrico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.