Artículo 164 de la LEY del Sector Eléctrico
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Nacional de Energía (CNE) es la que tiene que hacer y aplicar las reglas para calcular y ajustar cuánto dinero puede recuperar la empresa que da el servicio básico de luz, como la CFE. También debe definir cómo se calculan y ajustan los precios más altos que puede cobrar la compañía que te da electricidad cuando te quedas sin un proveedor normal. Además, la CNE tiene que fijar las metas de cobranza que deben cumplir tanto la Suministradora de Servicios Básicos como las de Último Recurso, es decir, cuánto dinero deben lograr cobrar de los usuarios para que el negocio funcione bien. Todo esto se hace a través de disposiciones administrativas, que son como reglamentos o manuales que todos deben seguir.
Texto oficial
Artículo 164.- La CNE debe expedir, mediante disposiciones administrativas de carácter general y aplicar las metodologías para el cálculo y ajuste de los Ingresos Recuperables del Suministro Básico, la metodología para el LEY DEL SECTOR ELÉCTRICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 48 de 56 cálculo y ajuste de los precios máximos del Suministro de Último Recurso, y debe determinar los objetivos de cobranza eficiente para la Suministradora de Servicios Básicos y para las Suministradoras de Último Recurso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.